Estado: activa
Si las oportunidades de inversión de una determinada entidad prestamista tienen asignado un Mintos Risk Score, el estado de la empresa en Mintos es «Activa», independientemente del valor de la puntuación. Se considera «Activa» cualquier empresa que tenga o pueda tener oportunidades de inversión disponibles en el Mercado Primario de Mintos, o cuyas inversiones en Notes puedan negociarse en el Mercado Secundario. Este estado no se muestra de forma visible en la plataforma.
Estado: Suspendida (S)
El estado «Suspendida» (S) significa que todas las actividades de inversión o de venta relacionadas con los préstamos emitidos por una entidad prestamista específica quedan detenidas en los Mercados Primario y Secundario de Mintos. La suspensión de una entidad prestamista concreta se produce cuando la empresa deja de transferir a los inversores/emisor los pagos efectuados por los prestatarios y/o de cumplir con su obligación de recompra.
Utilizamos la suspensión para proteger a los inversores de seguir invirtiendo en préstamos emitidos por la entidad prestamista hasta que se conozcan los siguientes pasos. En caso de que haya avances positivos, la suspensión puede levantarse y las inversiones pueden continuar. En la plataforma, este estado se muestra claramente como «Suspendida» o (S).
Estado: En impago (D)
El estado «En impago» (D) significa que ya no es posible realizar operaciones de inversión o venta relacionadas con los préstamos emitidos por una entidad prestamista específica en los Mercados Primario y Secundario de Mintos.
El estado «impago» (D) puede asignarse a las oportunidades de inversión ofrecidas por una entidad prestamista específica si se cumple alguno de estos tres criterios:
a) Los flujos de caja estimados actualmente no son suficientes para cubrir la exposición total
b) La entidad prestamista ha declarado la bancarrota o se encuentra inmersa en un proceso de insolvencia (incluida la liquidación forzosa) o la empresa está bajo protección legal
c) No se ha alcanzado una solución de reestructuración en un plazo de 180 días desde la suspensión