A efectos fiscales, los ETP de criptomonedas se tratan como instrumentos financieros. El tratamiento fiscal aplicable depende del país de residencia fiscal del inversor y de sus circunstancias individuales. Consulta con tu asesor fiscal local para confirmar cómo debes declarar.
Fiscalidad de los ETP de criptomonedas
A efectos fiscales, los ingresos procedentes de ETP de criptomonedas suelen clasificarse como rendimientos de la inversión o ganancias de capital, y no como ingresos derivados de operaciones directas con criptoactivos.
En función de la normativa fiscal local, la tributación puede aplicarse en las siguientes situaciones:
- cuando se vende o reembolsa un ETP de criptomonedas y se obtiene una ganancia; o
- cuando un ETP de criptomonedas forma parte de un patrimonio sujeto a tributación.
Las normas fiscales específicas para criptomonedas que pueden aplicarse a la tenencia directa de criptomonedas, como las exenciones por período de tenencia, por lo general no se aplican a los ETP de criptomonedas.
En determinados casos, pueden aplicarse obligaciones de información adicionales, por ejemplo, cuando las inversiones en ETP de criptomonedas se consideran activos financieros extranjeros según la legislación fiscal local.
Ejemplo
Un inversor compra en Mintos un ETP de criptomonedas por 1.000 EUR y posteriormente lo vende por 1.300 EUR. La ganancia de 300 EUR puede estar sujeta a tributación de acuerdo con las normas fiscales aplicables en el país de residencia fiscal del inversor.
Este ejemplo se proporciona únicamente con fines ilustrativos.
Mintos no practica retención fiscal. Los inversores son responsables de declarar los ingresos procedentes de inversiones en ETP de criptomonedas y de pagar los impuestos que correspondan.
Mintos no proporciona asesoramiento fiscal. Para obtener información específica sobre la normativa fiscal local, te recomendamos que solicites asesoramiento a las autoridades fiscales o a asesores fiscales independientes.